Si eres donante estás de enhorabuena, ya que en nuestro país tu generosidad se premia. Todas las personas que hacen aportaciones económicas a una fundación o asociación (declarada de utilidad pública) podrán deducirse el importe según el porcentaje que les corresponda, como ocurre con las que hayáis realizado en www.ihelp.org.es. Podrás disfrutar de estos beneficios fiscales por tus donaciones a través de la declaración del IRPF, ¿pero sabes de cuánto estamos hablando?
¿Cómo se gestionan nuestras donaciones ante Hacienda?
Con la modificación en el año 2016 de la Ley 49/202 de Incentivos Fiscales al Mecenazgo, del régimen fiscal especial de las entidades sin ánimos de lucro, se ampliaron las desgravaciones a las que pueden acogerse los donantes, tanto de personas físicas o jurídicas, por sus donaciones a ONGs.
Para poder disfrutar de estas ventajas fiscales de tus aportaciones, las fundaciones y asociaciones de utilidad pública beneficiarias tendrán que informar a Hacienda de los datos de sus donantes mediante el llamado Modelo 182. Por ejemplo, con nuestra condición de Fundación, desde iHelp ya hemos posibilitado a todos nuestros donantes a que obtengan su certificado (si tienes alguna duda puedes contárnosla en contact@ihelp.org.es)
Debes tener en cuenta que siguiendo lo dispuesto por el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, del Reglamento para Prevención del Blanqueo de Capitales, las entidades solidarias están obligadas a identificar y comprobar los datos de todas las personas que entreguen: “a título gratuito fondos o recursos por importe igual o superior a 100 euros”.
Deducciones fiscales vigentes por nuestras donaciones
Actualmente, y desde enero de 2016, la deducción que tendrás en nuestra Declaración de la Renta como personas físicas será del 75% hasta los 150 euros donados. A partir de esa cantidad, el porcentaje de deducción será del 30% (pudiendo subir al 35% si durante dos años anteriores hemos aportado a la misma entidad por importe superior sucesivo).
En el caso del impuesto de sociedades, la deducción será del 35% sobre la donación realizada. Asimismo, puede aumentar hasta el 40% cuando se trate de donaciones plurianuales a la misma organización, realizado aportaciones en dos periodos impositivos anteriores por importe iguales o superiores al anterior.
En ambos casos, el límite será del 10% sobre la base liquidable del IRPF o imponible en el Impuesto de Sociedades, respectivamente. Cabe recordar que cada Comunidad Autónoma puede contar o crear nuevos incentivos, con porcentajes de deducción diferentes.
Por qué es bueno contar con nuestro certificado fiscal
Cada una de las ONGs con las que colabores te harán llegar tu certificado en el que se especificará tu aportación con la fecha en la que la realizaste. Se especificará además cuánto has aportado y cuál ha sido la finalidad de esos fondos.
Es necesario para que, por ejemplo, si ocurre algún tipo de error y tu donación o donaciones no aparecen en tu borrador ante la Agencia Tributaria, tendrás que presentar este certificado para demostrar que sí que las has realizado durante el año anterior.
Asimismo, a nivel personal, supone un control de nuestras aportaciones económicas para que podamos tener un seguimiento del dinero que nos gastamos y a qué causas solidarias apoyamos durante todos los años.